EL JUICIO RÁPIDO ¿SABEMOS QUÉ ES?
Muchas veces escuchamos que se ha llevado a cabo un procedimiento de juicio rápido, pero no llegamos a saber qué es. Cuando hablamos de juicio rápido estamos ante un PROCESO PENAL DE CARÁCTER ESPECIAL. La característica fundamental de este proceso es que la fase de investigación, la instrucción, se reduce al menor tiempo posible lo que lleva a que la resolución del procedimiento se consiga también de forma rápida. El OBJETIVO que se persigue es AGILIZAR la instrucción y el enjuiciamiento de determinados delitos ¿Cómo? Mediante el acortamiento de plazos y la reducción de trámites legales en el proceso legal. Así, los casos que se tramitan por este procedimiento son enjuiciados con más rapidez y de manera más sencilla. Lo encontramos regulado en los artículos 795 y siguientes
Read MoreSTALKING … ¿SABEMOS QUÉ SIGNIFICA?
Que nuestro día a día está lleno de palabras provenientes de otros idiomas, sobre todo el inglés, no tiene discusión. Y en el ámbito de las nuevas tecnologías y de las redes sociales este uso de anglicismos se incrementa todavía más. Dentro de esta tendencia podemos detenernos en el STALKING, pero ¿sabemos de qué estamos hablando? Pues no es más que una conducta de acoso. El stalking, entendido como DELITO DE ACOSO, fue incluido en el Código Penal mediante una reforma del año 2015 recogiéndolo en el artículo 172.ter. ¿Cómo describe este artículo el delito de acoso? Sencillamente como el comportamiento de una persona, que, sin estar autorizada para ello, desarrolla una serie de conductas de forma persistente y reiterada. Y con dichas conductas alteran el desarrollo de
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