Las novedades del permiso parental
Acaba de comenzar el nuevo año 2021, y con él, llegan novedades relativas al permiso parental. A partir del 1 de enero se iguala la duración del permiso que disfrutan ambos progenitores ante la llegada de un nuevo integrante de la unidad familiar: ambos progenitores disfrutarán de un permiso idéntico de 16 semanas tras el parto. Así lo encontramos regulado en el artículo 48 del Estatuto de los Trabajadores tras la redacción que se le dio mediante el Real Decreto Ley 6/2019, de 1 de marzo. En este precepto se recoge que, la suspensión del contrato para ambos progenitores será de dieciséis semanas, siendo dichos permisos intransferibles entre ellos. De esas dieciséis semanas, las seis primeras deberán disfrutarse en las semanas siguientes al parto, y las diez restantes
Read MoreCOVID Y PENSIÓN DE ALIMENTOS
Que la situación que estamos atravesando consecuencia de la pandemia por el COVID19 ha afectado todos los aspectos de nuestra vida diaria es una realidad que observamos sin necesidad de hacer trabajo de investigación alguno. Así, fundamentalmente, se ha visto comprometida la capacidad económica de muchas personas al haber visto como sus ingresos se veían reducidos al encontrarse inmersos en expedientes de regulación temporal de empleo, en situación legal de desempleo, al haber cesado su actividad profesional por cuenta propia, o que dicha actividad se hubiese visto completamente reducida. Y ante este problema, para las personas separadas de su pareja y obligados a abonar pensiones de alimentos a favor de sus hijos menores o mayores de edad pero dependientes económicamente por sentencia judicial, surgen varias preguntas: ¿Tengo que seguir
Read MoreEstado de alarma, confinamiento y los menores…
Es de sobra conocido que desde el día 14 de marzo nos encontramos en situación de estado de alarma consecuencia de la pandemia por COVID19 que estamos padeciendo. La fundamental consecuencia es el confinamiento y situación de aislamiento social en el que nos encontramos y que solo nos permite abandonar nuestro domicilio para actividades básicas como ir a la compra, a trabajar en determinadas circunstancias y otras actividades básicas como acudir a una farmacia, un centro médico o el cuidado de mayores y dependientes. La tercera prórroga de ese estado de alarma acordada desde el 26 de abril hasta el 10 de mayo ha traído consigo la medida de permitir que los menores de catorce años puedan salir un ratito a la calle cumpliendo determinados requisitos: Dar un
Read MoreYa estamos aquí!!!
Pues sí, como dice el título de este post, ya estamos aquí!!! El tener un blog era una idea que me rondaba por mi cabeza desde hace bastante tiempo, por fin se materializó y aquí estamos con esta primera entrada. Precisamente por ser un proyecto que llevaba ideando mucho tiempo esta materialización supone un reto, y esperemos salir airosa del mismo!!! Quizás os preguntéis por el título que he escogido para el blog: salvo mejor opinión. Seguramente ya lo sabéis, pero cuando los abogados redactamos una demanda, informe, o cualquier otro escrito en el que exponemos nuestra versión jurídica o interpretación sobre un asunto, intentamos añadir una coletilla en el que damos a entender que somos conscientes de que en el mundo del Derecho todo puede ser interpretable
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