INEXISTENCIA DE VICIOS OCULTOS

La sentencia desestima la demanda interpuesta a nuestros clientes por el comprador de una bodega subterránea argumentando que la misma contaba con una serie de vicios que no habían sido puestos de manifiesto en el momento de la compraventa. El juez considera que el demandante no ha acreditado que los daños existiesen antes de proceder a la compraventa, teniendo en cuenta que el comprador no hizo una inspección completa de la bodega cuando se le indicó que llevaba varios años sin usarse. No se considera que se dan los requisitos necesarios para atender la petición del demandante de devolución de los gastos de reparación.